Plazo para solicitud del IVA diferido a la importación en 2021

Desde el día 1º de noviembre y durante todo el mes, se podrá solicitar la aplicación del IVA diferido a las importaciones realizadas a partir del 1º de enero de 2021 presentando la Declaración Censal a través del modelo 036.

Quiere decir que el importador podrá incluir en su declaración mensual de IVA (303, en su casilla 77) correspondiente al mes en el que se ha tramitado el DUA, que debe coincidir con la fecha de levante de la mercancía.

 

De esta forma, la cuota de IVA a la importación liquidada por Aduanas se incluye directamente en la declaración-liquidación del impuesto correspondiente al periodo, en lugar de ingresarlo juntamente con el resto de los tributos del DUA de importación, evitando el efecto financiero del ingreso de dicha cuota.

 

Las condiciones para poder acogerse al IVA diferido son las siguientes:

  • tratarse de un empresario o profesional que actúe como tal
  • tener un período de liquidación que coincida con el mes natural
  • solicitar la aplicación del IVA diferido en los plazos establecidos

Quedamos a su disposición por cualquier duda que pueda surgir, y aprovechamos para saludarle cordialmente.